01-05-2018
 

Derecho canónico: ¿buscamos lo mejor para la Iglesia?



 



Hace muchos años que presto servicios profesionales de arquitectura a la Iglesia católica, tanto para curias diocesanas como para otros ámbitos e instituciones eclesiales, en temas referentes a inmuebles, regularizaciones dominiales, exenciones, trámites ante distintos organismos oficiales, Proyecto y dirección de obras etc.

Ésta experiencia de varios años me ha permitido observar la incomprensible ignorancia existente en el medio eclesiástico sobre el derecho que nos rige, el cual no me es extraño porque debo aplicarlo a diario en mi actividad. Es destacable que en muchos ámbitos eclesiásticos e instituciones, se ignora hasta lo más elemental. Por ejemplo, algo básico es que puede no saberse que las diócesis y las parroquias son personas jurídicas públicas y que el derecho canónico tiene reconocimiento estatal.

Esta ignorancia lleve a que se presenten trámites que no corresponden, y que nos perjudican, ante organismos oficiales. Presentaciones que se realizan en forma inconsulta con el área correspondiente de la curia diocesana. Cada uno se maneja como una solitaria isla perdida en la inmensidad del océano.
Pero lo más “notable” es la carencia del conocimiento de la aplicación del derecho canónico por parte de abogados, escribanos, contadores y arquitectos que asesoran a la Iglesia en el ámbito de sus especialidades. Se desconoce aquello sobre lo cual se debe asesorar.

Hay una doctrina que explica en forma clara y sencilla la aplicación del derecho canónico en el marco estatal argentino. Es la doctrina cuyo autor es Jorge A. Di Nicco, abogado y canonista; a la cual, considero, que no se le da su adecuada difusión en el medio eclesial. ¿Existirá algún porqué para ello? Los que sí la conocen, y la utilizan a la perfección, son aquellos que litigan contra la Iglesia. Parece una broma de humor negro, pero lamentablemente, no lo es. Saben más de nuestro derecho y aplicación los de afuera que los de adentro.
¿Por qué se envía a realizar trámites en los cuales debe defenderse nuestro derecho a personas que carecen de su conocimiento? ¿Por qué se acepta presentar documentaciones o hacer inscripciones que no nos corresponden? Acaso es más cómodo y simple decir a todo que sí, sacarse el problema de encima sin importar los perjuicios que origine ese accionar a la Iglesia en su conjunto.

Cualquier Institucion o empresa incluso que desee un funcionamiento de calidad, actualmente se propone trabajar en equipo e intercambiar información y conocimientos con las personas entendidas. Resulta sorprendente que ello no pueda verse plasmado en algunos ámbitos eclesiales.

Hacer llegar el conocimiento a la mayor cantidad de personas posibles para que lo puedan utilizar no es algo malo e inapropiado, todo lo contrario. No alcanzo a visualizar el porqué de la falta de difusión de aquello que nos es de interés; de igual modo que no alcanzo a visualizar el por qué no se defiende la aplicación del derecho que nos rige.

Creo no estar equivocada, y si lo estuviera, me gustaría que me hicieran notar en qué lo estoy. Todos los profesionales que trabajan en la Iglesia, sean del área del saber que sean, deben conocer el derecho que rige a la Iglesia católica, si no cumplen con ello no son buenos profesionales. Creo que los canonistas, clérigos y laicos, tienen mucho para decir, y muchísimo para hacer, en este campo. Si es que nos interesa el bien de la Iglesia y no nuestra propia comodidad.

Arq. Marta Inés Finochietto

 

 

 




Autor: Redaccion de TodosUnoTV
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